Wilson Camacho advierte a los médicos que prestar sus códigos puede llevarlos a un proceso penal y asegura que las investigaciones sobre las irregularidades en SeNaSa “van a ir por más”.

El juez de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Rigoberto Sena, impuso este domingo 18 meses de prisión preventiva a ocho de los 26 imputados en el caso SeNaSa 2.0 y declaró el proceso de tramitación compleja, acogiendo la solicitud del Ministerio Público.
Los enviados a prisión son Angeury Guzmán Vásquez, Starky Atahualpa Arturo Rodríguez Nova, Juan Henry Poueriet y Wander Manuel Díaz Encarnación, quienes cumplirán la medida en Las Parras; mientras Ysabel Heredia Vallejo, Hanna Rashell Rodríguez Almánzar, Elsa Evelyn de la Rosa Vásquez y Laura Altagracia Santana Evangelista, fueron enviadas a Najayo Mujeres.
Durante las audiencias, el Ministerio Público informó que 13 imputados admitieron los hechos que les atribuye la investigación y que, tomando en cuenta la colaboración de algunos procesados, modificó su solicitud para nueve de ellos y pidió arresto domiciliario. La defensa cuestionó la forma en que se produjeron algunas de esas colaboraciones.
La Fiscalía sostiene que cuenta con 706 medios de prueba y atribuye al grupo un esquema de autorizaciones y cobros por servicios médicos que, según la acusación, no habrían sido realizados, con un perjuicio estimado en unos RD$40 millones en esta nueva fase de la investigación.
La decisión corresponde a medidas de coerción y no implica una condena. El proceso continuará mientras el Ministerio Público desarrolla la investigación.
¿Por qué el código es tan importante?
En el expediente, según la acusación del Ministerio Público, el código del Prestador de Servicios de Salud (PSS) habría sido utilizado para identificar al médico que supuestamente brindaba un servicio y respaldar la posterior facturación a SeNaSa.
El código de PSS identifica al prestador ante SeNaSa y está asociado a los servicios que este reporta y factura. La institución recordó el pasado 21 de septiembre que el código es personal e intransferible y que los servicios registrados mediante este deben corresponder exclusivamente a las atenciones efectivamente brindadas por su titular.
Por eso, la advertencia de Wilson Camacho tiene un ángulo particularmente relevante para los médicos: aunque otra persona realice el trámite, si el servicio o la reclamación queda registrado bajo el código del profesional, ese código puede vincularlo con la operación investigada.
Camacho afirmó «que los 22 médicos procesados en este caso no habrían llegado a estar involucrados de no haber prestado sus códigos».

