
La Dirección General de Información y Defensa de los Afiliados a la Seguridad Social (DIDA), creada mediante la Ley 87-01 para proteger los derechos de los trabajadores afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social, impugnó la Resolución núm. 624-05 del Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS), al considerar que vulnera de manera grave los intereses de los afiliados.
El director general de la DIDA, Elías Báez, cuestionó que la resolución autorice el uso de los fondos acumulados en la Cuenta de Capitalización Individual (CCI) del trabajador para financiar pensiones por discapacidad de carácter vitalicio, cuando la Ley 87-01 establece que estas prestaciones deben cubrirse con la prima del seguro de vida.
El recurso legal interpuesto por la institución solicita al CNSS la suspensión inmediata de los efectos de la Resolución 624-05, así como la apertura de un nuevo proceso de revisión con la participación de todas las entidades del sistema. Además, plantea la aplicación de la retroactividad favorable, prevista en el artículo 13 de la Ley 107-13, para reparar los derechos de los afiliados cuyos siniestros o solicitudes se produjeron antes del 20 de mayo de 2025.
Báez afirmó que la normativa “mantiene vigentes los efectos de restricciones previamente anuladas por el Tribunal Constitucional”, al excluir casos anteriores a la sentencia y eliminar garantías como el reconocimiento de la pensión desde el diagnóstico médico.
La DIDA también advirtió que la resolución suprime el derecho de traspaso entre Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), incluso en casos de derechos adquiridos, lo que —según la entidad— genera contradicciones normativas y debilita la protección del sistema de pensiones.
Asimismo, recordó que había solicitado al CNSS la adecuación del contrato póliza conforme al fallo del Tribunal Constitucional, así como su inclusión en las mesas técnicas de discusión, recomendaciones que no fueron acogidas.
La institución reiteró que toda reforma normativa debe evitar la regresividad de derechos y garantizar que no se utilicen los fondos de los trabajadores para cubrir prestaciones que, por ley, corresponden a las aseguradoras, conforme a la Ley 87-01.
Finalmente, la DIDA informó que continuará utilizando los mecanismos administrativos y judiciales necesarios para garantizar la defensa de los afiliados al sistema de seguridad social, especialmente de los sectores más vulnerables.
